Preguntas Frecuentes

1. ¿Es mejor vender tu casa con un agente inmobiliario?

A pesar de lo pudiera parecer, en un tema tan importante como la gestión patrimonial, es crucial estar asesorado por un profesional. Este asesoramiento no sólo puede ayudarte en lo evidente, como puede ser la publicidad específica, la cartera de clientes ya generada, la elección de las mejores cualidades de la propiedad que quieras vender o el precio de mercado más ajustado a las condiciones del inmueble.
Existen otras cuestiones importantes a tener en cuenta que, en Pisocasion.es, con nuestros 20 años de experiencia en el mercado hipotecario y contractual, conocemos y pueden servirte desde el primer momento, evitando visitas innecesarias a tu vivienda, protegiéndote ante posibles incumplimientos de contrato, ayudándote con la documentación necesaria para la firma o asesorándote incluso después de que se realice la efectiva venta de tu inmueble en notaría, momento en el que en la mayoría de los casos se deben presentar modelos, liquidar impuestos, hacer cambios de suministros etc.
Esto hace que el ahorro de unos honorarios profesionales pueda salir muy caro a la larga.

2. ¿Cuál es el proceso de venta de una casa en Murcia?
3. ¿Qué honorarios pagaría a un profesional por vender una casa en Murcia?

En España los honorarios de intermediación no se encuentran expresamente regulados, es por ello que podemos encontrar un amplio abanico de porcentajes entre las diferentes agencias que operan en el sector. Esto es así debido a que los honorarios acordados entre propietario y profesional no dejan de ser un contrato voluntario entre las partes. Si bien es cierto que la horquilla más común entre profesionales de reconocido prestigio ronda entre el 3% y el 5% del precio final de venta. Es importante tener en cuenta que siempre habrá intermediarios que se sitúen fuera de estos parámetros, por lo que deberíamos siempre valorar la contraprestación que nos exigen por los servicios que realmente prestan.

4. ¿Cuánto tiempo suele tardar la venta de una casa en Murcia?

La realidad es que, por mucha experiencia que un profesional ostente, nadie puede vaticinar el tiempo exacto que puede tardar en realizarse la venta de una propiedad, con la única excepción de que para ella se fije un precio por debajo del que dicta el mercado. Cuando se trata de vender una propiedad a un precio justo (situación ideal en la que ambas partes han de quedar satisfechas con la operación) un periodo medio razonable para la venta podría oscilar entre los 3 y 6 meses desde su comercialización. Teniendo en cuenta que todo ello depende mucho de la naturaleza de cada inmueble. En cualquier caso siempre es importante contar con un profesional que tenga los conocimientos necesarios sobre la zona en la que se encuentra la propiedad, siendo capaz de realizar una publicidad adecuada del inmueble, así como un filtro socio-económico ajustado a los posibles compradores.

5. ¿Qué impuestos tengo que pagar cuando vendo una casa?

Cuando un propietario vende un inmueble el primer impuesto al que debe hacer frente es la Plusvalía (incremento del valor de los suelos de naturaleza urbana). Este impuesto se liquida ante el Ayuntamiento correspondiente, el cual dispone de unas tablas o baremos aplicables en función del tiempo de posesión del inmueble y el incremento del valor del suelo desde su adquisición. Igualmente, en su próxima renta, deberá declarar la venta que ha realizado, procediendo a pagar o no (dependiendo de si esta venta le ha generado un beneficio o incremento patrimonial o se ha vendido en pérdidas, esto es, por debajo del valor por el que compró o se adjudicó el bien) dicho incremento. Para el caso de que haya un beneficio o incremento patrimonial, hay que saber que siendo la propiedad transmitida vivienda habitual del vendedor, y en el supuesto de que éste precise adquirir otra vivienda que vaya a ser su nueva vivienda habitual, cuenta con un plazo de hasta 2 años ante la Agencia Tributaria para poder ejercitar la futura compra y así compensar el beneficio obtenido por dicha venta.

6. ¿Qué pasa con los suministros del inmueble al venderse?

La práctica habitual, cuando se vende una propiedad en la que los suministros (luz, agua, o cualquier otro susceptible de ser individualizado) estén dados de alta, es que no sea necesario dar estos de baja. Con una gestión muy sencilla que generalmente ofrecen los mismos intermediadores, se puede cambiar el titular de los referidos suministros a nombre del nuevo comprador, con lo que evitaríamos los gastos correspondientes a nuevas altas, en pro de un mejor entendimiento entre las partes.

7. ¿Quién es el responsable de pagar el IBI?

Según la ley de haciendas locales, el sujeto pasivo o responsable de pagar el IBI es el propietario del inmueble a día 1 de Enero del año en curso, si bien existe jurisprudencia que permite al vendedor prorratear el pago de este impuesto para que el comprador se haga cargo de los meses en los que ya es propietario del inmueble.

 

8. ¿Quién paga los honorarios del Notario?

Según el Artículo 1455 del Código Civil, los gastos de otorgamiento de la escritura (matriz) serán de cuenta del vendedor, y los de la primera y sucesivas copias serán de cuenta del comprador. Esto no implica que no se pueda pactar por las partes que sea uno u otro el que se haga cargo del coste total notarial.

 

9. ¿Cuánto debo pagar de impuesto si vendo la casa por más de lo que pagué por ella?

Según establece la legislación vigente, existen unos porcentajes por los que deberemos pagar a la Agencia Tributaria en nuestra futura renta según el beneficio o incremento patrimonial que obtengamos en la venta de un inmueble. Hasta los primeros 6.000.-€ de ganancia, se pagará un 19%, a partir de 6.000.-€ y hasta 50.000.-€ se nos repercutirá un 21% sobre el beneficio referido, y de 50.000.-€ a 200.000.-€ se abonará un 23% en concepto de impuestos.
No obstante, es posible incrementar el valor de adquisición de la propiedad teniendo en cuenta algunos gastos e impuestos que se nos aplicaron a la hora de adquirir dicho bien, y que se deben computar como valor de adquisición para calcular el incremento patrimonial real. Igualmente se pueden tener en cuenta determinadas reformas, ampliaciones o adecuaciones necesarias para que el bien pueda cumplir correctamente con la finalidad para la que se adquirió. Para recibir un correcto asesoramiento sobre estas cuestiones que nos permitirían reducir el incremento patrimonial a la hora de una venta, siempre recomendaremos contactar con un asesor especializado en este asunto.